El Gobierno ha publicado, dentro del RDL 7/2021, su propuesta de transposición, entre otras, de la Directiva europea 2019/771 en materia de contratos de compraventa de bienes, específicamente en lo que respecta a los plazos de garantía.

Esta propuesta supone modificar la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, y los cambios más relevantes que nos afectan directamente son:

  • Periodo de la garantía legal de los productos de consumo: pasa de 2 a 3 años.
  • Periodo de la carga de la prueba sobre el fabricante (la obligación de los productores de asumir la responsabilidad por las averías en sus productos, sin que el consumidor tenga que probar que ha usado el producto debidamente): pasa de 6 meses a 2 años.
  • Obligación de existencia de servicios de reparación y piezas de repuesto durante 10 años desde la última fabricación del producto.

Esta transposición se va a tramitar finalmente como propuesta de Ley, por lo que todavía tenemos posibilidad de solicitar enmiendas.

Por tanto, AEFJ, tanto a través de CEOE como directamente a los diputados de la Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital del Congreso, ha enviado su propuesta.

Compartimos el objetivo de la protección de los consumidores y la sostenibilidad ambiental, y precisamente por ello consideramos necesario respetar los plazos establecidos por la Directiva (2 años de garantía, 1 año de carga de la prueba) y que la obligación de mantener piezas de repuesto no aplique cuando las condiciones técnicas, económicas, ambientales, de seguridad o de salud no permitan su reparación en condiciones satisfactorias, en cuyo caso el productor debe ser capaz de ofrecer alternativas a la reparación y a la provisión de repuestos.

El objetivo es evitar un incremento del precio de los productos de calidad para que las empresas responsables puedan cumplir con las nuevas exigencias, mientras siguen entrando en el mercado productos inseguros y al mismo precio, porque, de todas formas, no hay medios suficientes para controlarlos.

Además, facilitar a los consumidores la sustitución a costa del fabricante durante más tiempo, sólo incrementará el aporte de residuos en contra del consumo responsable. De hecho, por este motivo, Dinamarca retrocedió en sus propuestas iniciales de ampliar los plazos y lo ha limitado a los plazos de la Directiva.

En el caso de los juguetes, la combinación de precio medio bajo, uso abusivo (el usuario es un niño, al que no se le puede exigir un uso cuidadoso) y mantenimiento de las necesarias condiciones de seguridad tras una eventual reparación, hace que el estocaje de piezas de repuesto sea económicamente desproporcionado, irrelevante para el objetivo perseguido y contraproducente para la seguridad del consumidor.

Confiamos en que se tengan en cuenta todas las aportaciones realizadas por los distintos sectores, y podamos seguir promoviendo la calidad y la seguridad de los productos sin amenazar la supervivencia de la industria española.